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Saber Más · Vigía de convocatorias

Decreto 1384 de 2026: ¿se aplazó tu concurso?

Verificado el 11 de septiembre de 2026. Lo actualizamos cuando la CNSC o la entidad decidan por proceso.

No suspende automáticamenteLa CNSC decide por procesoLo cumplido no pierde validez

Respuesta corta

El Decreto Legislativo 1384 del 9 de septiembre de 2026, expedido dentro de la emergencia económica por el terremoto del 10 de agosto, ordena aplazar hasta el 31 de diciembre de 2026 los procesos de selección para proveer empleos públicos. No es una cancelación ni una suspensión automática de todos los concursos: para los procesos de la CNSC, la Comisión decide proceso por proceso antes de aplicar pruebas. Lo que ya se cumplió (inscripciones, admitidos, listas) no pierde validez.

Estado por proceso

Sigue confirmadoSin cambios anunciadosLa CNSC decidirá

Los exámenes que no son convocatorias de empleo público (examen de Estado para abogados, admisiones universitarias, pruebas Saber y residencias médicas) no están cobijados por el decreto y conservan sus fechas.

Qué dice el decreto y qué respondió la CNSC

El artículo 7 faculta a la CNSC a suspender o aplazar, en los procesos en curso, la aplicación de pruebas y otras etapas únicamente cuando esté en riesgo la participación de aspirantes que residen en las zonas afectadas. La CNSC respondió el 10 de septiembre que evaluará cada proceso antes de aplicar pruebas y anunciará su decisión por convocatoria.

La CNSC afirmó que "evaluará en cada uno de los procesos de selección" las condiciones antes de aplicar pruebas. Leer el comunicado oficial (10 de septiembre de 2026).

Qué no cambia

  • El temario y la estructura de la prueba de cada proceso.
  • La validez de lo ya cumplido: inscripciones, admitidos, listas.
  • Tu Pase Completo en Saber Más: no caduca por un aplazamiento, sigue vigente hasta que presentes la prueba.
  • Un aplazamiento es más tiempo de estudio; quien sigue practicando llega con ventaja al mismo examen.

Preguntas frecuentes

¿El Decreto 1384 canceló los concursos de méritos?
No. Ordena aplazar hasta el 31 de diciembre de 2026 los procesos de selección para proveer empleos públicos, pero no cancela ni suspende automáticamente los concursos en curso. Lo ya cumplido (inscripciones, admitidos, listas) conserva validez.
¿Mi concurso de la CNSC queda suspendido?
No de forma automática. El artículo 7 faculta a la CNSC a aplazar pruebas caso por caso donde peligre la participación de aspirantes de zonas afectadas, y la CNSC anunció que evaluará cada proceso antes de aplicar pruebas. Procesos en esa situación: DIAN 2676, Concurso docente y directivo docente 2026, Entidades del Orden Territorial y UApA, CAR 2889 (corporaciones autónomas), ESE 2 (hospitales públicos), Entidades del Orden Nacional 2026 (Procesos 2801 a 2806).
¿Aplica al examen de abogados, a la Procuraduría o a la Rama Judicial?
El examen de Estado para abogados (Ley 1905) no es un proceso para proveer empleo y no lo cobija. La Procuraduría y la Convocatoria 28 de la Rama Judicial no dependen de la CNSC y sus entidades no han anunciado cambios (sin cambios anunciados).
¿Qué pasa con lo que ya hice: inscripción, admisión, lista?
Nada de lo actuado pierde validez. Un aplazamiento mueve fechas hacia adelante; no reinicia el proceso ni borra etapas cumplidas.
¿Vale la pena seguir estudiando?
Sí. El temario y la estructura de la prueba no cambian con el decreto, y un aplazamiento es más tiempo de preparación. Quien sigue practicando llega con ventaja al mismo examen.

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Sabi te dice cómo va y qué practicar mientras tanto.